Bando de moralidad Pública que publicaba el diario Pueblo el día 4 de octubre de 1968
1 Se prohíbe toda demostración pública de amor en las calles, vías públicas y locales públicos, que además de no interesar a los vecinos en general, son un atentado al decoro público, mal ejemplo para menores y una tara moral para las propias personas que lo ejecutan.
2. Se prohíbe a las parejitas pasear, desde el anochecer en adelante, por lugares solitarios, considerándose por tales todos los que se encuentran fuera del casco urbano, incluso acarreteras, caminos, etca
3 dentro de las normas anteriores, se consideran incluidas las caricias públicas de las parejitas de novios, que produzcan cualquier acto o extralimitaciones, tales como los vulgarmente conocidos como novios-bufanda, etc
4. Los propietarios , gerentes o encargados de locales y establecimientos públicos deberán invitar a abandonar el local a aquellas perosonas que puedan incluirse dentro de las normas de este bando.
y 5. las infracciones a las anteriores normas, además de ser sancionadas con arreglo a lo preceptuado, llevarán aparejadas las exposición pública, durante ocho días, de los infractores, en pizarras instaladas en los lugares de costumbre"
No hay comentarios:
Publicar un comentario